Diego de las Casas es, desde su fundación, el abogado de la Plantaforma para la Defensa de la Ayahuasca. Desde sus inicios, hace una década, De las Casas ha defendido a decenas de acusados de importar o convidar ayahuasca en España, con una estrategia de probada solvencia: La ayahuasca no está fiscalizada en España y así lo reconocen expresamente los convenios internacionales firmados por nuestro país. En esta entrevista, que puedes escuchar íntegramente aquí, Diego nos habla sobre el llamado ‘Renacimiento psicodélico’, sobre las últimas actuaciones policiales y sobre la idoneidad de montar ‘clubes de consumo’ en torno a la planta. Spoiler: no es una buena idea.
En tiempos recientes viene oyéndose el término ‘Renacimiento psicodélico’, un renacimiento que es sin duda social, mediático e incluso empresarial, ¿es también jurídico?, ¿hay alguna nueva norma que avale -o despenalice- el consumo o la venta de sustancias psicotrópicas?
No, no ha variado nada. Es una cuestión más de cómo se aplica lo que hay. El resurgir psicodélico está dirigido por científicos, médicos y psicólogos, y esto es gracias a una mayor permisividad de las autoridades en la aplicación de la ley. El uso de psicotrópicos ha estado permitido con fines científicos y medicinales, lo que habrá más es concesión de los permisos que necesitan los profesionales para usarlos en investigaciones y terapias.
¿Esto es aplicable a España?
Seguramente también. Cuando José Carlos Bouso hizo su estudio sobre el MDMA en el año 93, simplemente porque salió referenciado en algún medio le quitaron el permiso de la [Universidad] Autónoma. No sé si ahora habría tanta alarma social como para actuar así, aunque me consta que la Agencia Española del Medicamento es aún un hueso duro de roer en la actualidad.
En un reciente programa de TV, un alto cargo policial en el Aeropuerto de Barajas, aseguraba que la ayahuasca es ilegal porque contiene DMT, ¿es esto cierto?
No es correcto. El DMT está incluido como una de las sustancias fiscalizadas en la Convención de Psicótropos de 1971 de la ONU, pero esa convención determina expresamente que están fiscalizados una serie de principios activos, pero no las plantas que los contienen. Además de eso, en el informe de la JIFE de 2010 se dice que la ayahuasca, al ser una mera decocción de plantas y no una extracción del DMT, es asimilable a una planta. ¿Cómo se ha de entender esto? El DMT está fiscalizado cuando ha sido extraído de la planta a través de procesos químicos. Si a los axiomas que entran en juego le aplicas la lógica jurídica y matemática, resulta que, si la planta no está fiscalizada, el DMT que está en la planta tampoco lo puede estar, mientras se mantenga como parte de esa planta. Si el todo no está fiscalizado, la parte tampoco puede estarlo.
Pero la interpretación policial parece la inversa: como la parte está fiscalizada, el todo también lo está.
Según lo veo yo, aplicar la lógica matemática sobre una ley no es interpretar esa ley, sino aplicarla. Tu imagínate que un parlamento dice que 2 + 2 son 5, pues no, hay ciertas cosas que están por encima de la Ley, como son las matemáticas, tampoco un Tribunal Supremo puede decir que 2 + 2 =5, pues lo mismo sucede con la lógica matemática, a mi me pueden decir lo que quieran, pero eso no es una interpretación, eso es una aplicación mediante la lógica matemática o universal, de unas normas dadas, en este caso la norma dada es, que la ayahuasca no está fiscalizada, y a partir de ahí deducir que el DMT tampoco lo está, no es una interpretación.
También es cierto que no lo tratan como la cocaína. Si fuese de veras ilegal y pudiesen hacerlo, te meterían en la cárcel, pero la respuesta de los jueces va moderando también la actitud de los policías. Y éstos le van dando un tratamiento intermedio, si es mucho lo incautado, dan noticia al juzgado penal, pero si es poco, no invierten tiempo ni esfuerzo en tramitarlo y no inician un procedimiento judicial..
Lo que sí es cierto es que la policía tiene orden de incautar la ayahuasca a su entrada en España. Sin embargo, muchos de los detenidos son puestos en libertad por el juez. ¿Existe una interpretación distinta de la ley para policías y jueces?
No, pero en los últimos casos la policía ni siquiera los están deteniendo. Ellos hacen su atestado, incautan la sustancia, piden la analítica y se la mandan al juez, pero ni siquiera les detienen una noche, te hablo de casos de este año y el pasado. Incluso nos consta la existencia de una circular dirigida a todos los policías de aduanas en la que se pedía que no se gastasen muchos medios en la intercepción de ayahuasca, porque no hay ningún condenado. Ahí es donde se decía “si hay una gran cantidad, informáis al juez. Si no, ni siquiera”. Tampoco se hacen más los seguimientos con policías disfrazados de carteros.
¿Esto no es una despenalización encubierta a la importación de ayahuasca?
La importación de ayahuasca tiene otro problema, que es el derecho administrativo. Salvo una excepción, nunca nos han devuelto la ayahuasca incautada, y para ello aducen problemas administrativos.
¿Qué suele suceder con esta ayahuasca incautada? ¿Se devuelve, se destruye?
En principio, la Ley de Enjuiciamiento Criminal determina que se destruya. En una reunión de ICEERS, nos comunicamos con un agente de aduanas que nos contó que sabían que no daba problemas, que lo toma gente adulta y que no es una droga recreativa, pero que tampoco podían permitir que entrara una sustancia destinada al consumo humano sin la etiqueta fitosanitaria correspondiente. El hecho de que no esté fiscalizada penalmente no significa que haya excepciones con la ayahuasca. Exactamente igual que si introduces diez botellas de Coca-Cola llenas de gazpacho por la aduana.
En algunos círculos de ayahuasca se está planteando crear clubes de consumo a imagen y semejanza de los clubes cannábicos, más de 1.000 en toda España. ¿Crees que es una buena idea para salvaguardar el consumo de la planta amazónica?
No. El Tribunal Supremo ya decidió sobre los clubes de cannabis. En la sentencia decía que se había estirado tanto su jurisprudencia que “se había roto la tela”, en referencia al consumo compartido. El consumo compartido es una figura para evitar que te condenen por tráfico de drogas. En primer lugar, si estás trabajando con una sustancia que no es considerada una droga o estupefaciente no necesitas la figura del consumo compartido. Con el tema de las drogas operan una serie de presunciones. Si te cogen con más de 10 gramos de cocaína, hay una presunción de que esa cocaína está destinada a la venta, invirtiendo la carga de la prueba y socavando la presunción de inocencia: tú tienes que demostrar que eso no es así. Los clubes de consumidores se basan en la idea que, al compartir la droga entre muchos, la cantidad individual es muy pequeña. Pero si no tienes que defenderte de un delito de drogas no tiene sentido, es casi como si te estuvieras acusando de hacerlo.
Por otra parte, el Tribunal Supremo además vino a decir: “A los que estoy juzgando ahora les aplico el ‘error de derecho’ porque ha habido confusión, pero una vez esta doctrina se convierta en fuente de ley, tener una asociación sería un agravante”. Porque uno de los agravantes en los delitos de drogas es que para realizar la actividad utilices una empresa o una asociación. Eso te mete, no sólo en el delito contra la salud pública, sino en el de asociación ilícita.
¿Esto es extrapolable a otros psicoactivos como el LSD?
No. El LSD es la molécula y siempre está fisscalizado. Las setas no están fiscalizadas, la psilocibina, sí. El peyote tampoco. En el Convenio del 61 sólo se fiscaliza el cannabis, el opio y la cocaína, y la del 71, todo lo demás, cientos de sustancias, pero todas las que se presentan en plantas naturales, esas plantas no están fiscalizadas.
Para que el citado ‘Renacimiento psiquedélico’ sea posible, ¿sería necesaria una derogación de la prohibición, como exigía Antonio Escohotado?
Eso sería lo mejor para el mundo, pero parece que no van por ahí los tiros. Lo están haciendo de una forma muy civilizada a través de la medicina. Otra cosa es lo que suceda con el uso recreativo. No es un secreto que si se legaliza el éxtasis, los psicólogos lo van a poder utilizar para los tratamientos que se prescriban para ello. Eso ya sucede con los opiáceos y otras drogas en el ámbito médico.
Enlaces:
–‘¿Es legal la ayahuasca en España?’, Plantaforma, 13 de septiembre de 2021.
–‘El (pen)último juicio sobre ayahuasca en España’, IDPC, 4 de mayo de 2021.
–‘Nada de esto hubiera sido posible sin Antonio Escohotado’, BMed, 23 de noviembre de 2021.
En el caso del cactus san Pedro, hay una persona en una prisión española a la espera de juicio, por recibir por correo desde Sudamérica un paquete con un kilo de cactus pulverizado que fué calificado por técnicos, policías, jueces y periodistas de “mescalina”. Cuando se sabe que la mescalina es un polvo BLANCO y el cactus san Pedro es VERDE y contiene muy poca mescalina (un 2% del peso seco, como mucho). Pero el Instituto Nacional de Toxicología NO hace análisis cuantitativos, sólo dice si un vegetal o preparado herbal contiene o no mescalina o DMT. Esto es erróneo porque la leche materna contiene pequeñas cantidades de morfina, y siempre se han vendido de forma legal ramos decorativos de adormidera (Papaver somniferum) a pesar de contener un mínimo contenido de morfina.